Para algunos vetustos doctrinarios del derecho penal “societas delinquere non potest” (las empresas no pueden delinquir), pero el mundo cambió y la realidad es otra, la tendencia moderna es crear tipos penales donde se refleje la responsabilidad penal de la persona jurídica.
El problema que se plantea principalmente en este ámbito, consiste en determinar si un hecho delictivo relacionado con la persona jurídica es atribuible a la empresa o si por el contrario el resultado relevante es imputable objetivamente a la persona natural, pudiendo ser un trabajador, accionista o directivo.
Para determinar la imputación del delito se utilizan diversos criterios los cuales juntos forman el llamado defecto de organización, considerado el fundamento de la responsabilidad penal de la persona jurídica y por el cual se deberá adoptar medidas internas en la empresa para solventar algún defecto en la organización empresarial.